AYUDAS PARA IMPULSAR UN PLAN DE CHOQUE PARA LA RENOVACIÓN DE EQUIPAMIENTO EN EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA (PLAN DE CHOQUE HOSTELERÍA).

30 de julio de 2026

Activa
Volver al listado

Título de la ayuda

AYUDAS PARA IMPULSAR UN PLAN DE CHOQUE PARA LA RENOVACIÓN DE EQUIPAMIENTO EN EL SECTOR DE LA HOSTELERÍA (PLAN DE CHOQUE HOSTELERÍA).

Organismo que convoca

Secretaría de Estado de Turismo

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Responder rápidamente a la necesidad de renovar equipamientos del sector hostelero para reducir costes energéticos en el actual contexto geopolítico, impulsando la transición verde y la resiliencia del sector.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

  • Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica.

  • Deben estar dadas de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.

  • Ser titulares de establecimientos hosteleros en España con actividad en CNAE 55 (Alojamiento) o 56 (Comidas y bebidas), y CNAEs específicos detallados en el Artículo 4.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por otra de menor consumo energético, y renovación de terminales de climatización, toldos y sombrillas por otros más eficientes, en establecimientos de alojamiento y restauración turísticos. Queda excluida la sustitución por equipos que utilicen combustibles fósiles (incluido gas natural).

El ámbito geográfico de las ayudas es todo el territorio nacional.

 

1. Con carácter general, el plazo de ejecución y pago de las actuaciones subvencionables por parte del beneficiario, será de un mes desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda. No obstante, también se podrán imputar gastos correspondientes a la actuación subvencionada, desde el 1 de marzo de 2026.

2. No obstante, el órgano concedente podrá acordar de oficio una prórroga del plazo de ejecución de las actuaciones financiadas, que no podrá superar la mitad del plazo inicialmente concedido, siempre que esté justificada, no perjudique derechos de tercero y se adopte antes del vencimiento del plazo inicial de ejecución.

 

¿Cuánta financiación se puede obtener?

  • Cuantía total del plan: 15 millones de euros.

  • Cuantía por establecimiento: Mínimo 5.000 € y máximo 11.000 € (excluido IVA).

  • Intensidad: Hasta el 100% del coste subvencionable. Sujeta a límite de minimis (máx. 300.000 € por empresa en 3 años).

  • Concesión directa por orden de presentación (concurrencia no competitiva).

¿Qué gastos son elegibles?

Costes elegibles necesarios para completar la renovación (inversión en equipos/materiales, ejecución de obras/instalaciones, gestión de residuos, honorarios del certificado de eficiencia energética, costes de gestión de la solicitud -máx. 4%-, y costes de justificación -máx. 7%-). Son elegibles gastos desde el 1 de marzo de 2026.

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 5 de agosto de 2026

Hasta: 30 de septiembre de 2026

Desde el 5 de agosto de 2026 a las 10:00 horas hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas (o hasta agotamiento del crédito)- hora peninsular.

tramitación del procedimiento se realizarán a través de la aplicación informática puesta en marcha para la gestión de las mismas por el Ministerio de Industria y Turismo (https://www.mintur.gob.es/PortalAyudas)

 

Normativa