SUBVENCIONES, PARA EL AÑO 2026, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN LAS ÁREAS DE MAYORES Y VOLUNTARIADO, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO
24 de julio de 2026
ActivaTítulo de la ayuda
SUBVENCIONES, PARA EL AÑO 2026, DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN LAS ÁREAS DE MAYORES Y VOLUNTARIADO, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO
Organismo que convoca
CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
Financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos sociales novedosos destinados a las áreas de voluntariado y personas mayores (autónomas no dependientes), orientados al envejecimiento activo, la inclusión social y la prevención de la soledad.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
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Administraciones Públicas: Corporaciones Locales, Mancomunidades, Cabildos, Fundaciones y Universidades Públicas.
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Entidades privadas sin ánimo de lucro constituidas legalmente con fines dirigidos al ámbito social de los colectivos implicados. (Quedan excluidos partidos políticos, sociedades civiles, colegios profesionales, clubes deportivos, cámaras de comercio, organizaciones empresariales y sindicatos).
¿Qué tipo de proyecto se financia?
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Área de Mayores: Envejecimiento activo e inclusión social, intervención en soledad no deseada (atención domiciliaria y comunitaria) y proyectos de acompañamiento a mayores tutelados.
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Área de Voluntariado: Promoción, formación, investigación y coordinación del voluntariado; así como actividades de acción voluntaria directa (acompañamiento, asistencia, etc.).
¿Cuánta financiación se puede obtener?
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La dotación presupuestaria total asciende a 3.485.000,00 euros (3.000.000,00 € para inclusión social de mayores y 485.000,00 € para promoción del voluntariado).
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Límites por proyecto: Hasta 60.000,00 € en el área de inclusión social de personas mayores y hasta 18.000,00 € en el área de voluntariado. Se puede cubrir hasta el 100% del proyecto.
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Se abonará de forma anticipada sin exigencia de garantías.
¿Qué gastos son elegibles?
Gastos derivados de contratación de personal (hasta el 10% para personal administrativo), gastos corrientes y de mantenimiento (arrendamientos, suministros, seguros, reparaciones, gestoría, auditoría -obligatoria para >10.000€ salvo AAPP-), y gastos directos de la actividad (materiales, publicidad, dietas/transporte de voluntarios). No se cubren intereses, multas, gastos judiciales, indemnizaciones ni obras/inversiones. El pago en efectivo se limita a 1.000€ por operación y 3.000€ por expediente.
Plazo y cómo presentar la solicitud
Desde: 27 de junio de 2026
Hasta: 14 de agosto de 2026
El plazo es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOC. Como se ha publicado el viernes 24 de julio de 2026, el plazo abarca desde el 27 de julio de 2026 hasta el 14 de agosto de 2026
Los citados modelos se podrán cumplimentar en la sede electrónica del Gobierno de Canarias en la siguiente dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/5135