PROGRAMAS FORMATIVOS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS PARA LOS EJERCICIOS 2026 Y 2027

1 de junio de 2026

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Título de la ayuda

PROGRAMAS FORMATIVOS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS PARA LOS EJERCICIOS 2026 Y 2027

Organismo que convoca

Servicio Canario de Empleo

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas para los ejercicios 2026 y 2027.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Empresas o entidades con ámbito territorial en Canarias que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación, así como entidades de formación acreditadas y/o inscritas.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas.

En las resoluciones de concesión y, en su caso, en los convenios suscritos con las correspondientes empresas o entidades, figurarán los compromisos de contratación en términos cuantitativos del alumnado a formar e incluirán mecanismos objetivos de control de calidad de la formación impartida. (Art 28.4 RD 694/2017).

¿Cuánta financiación se puede obtener?

Importe total de 12.000.000,00 euros, divididos en 6.000.000,00 euros para el ejercicio 2026 y 6.000.000,00 euros para el ejercicio 2027.

. Se entiende por módulo económico, el coste por participante y hora de formación que podrá ser objeto de financiación pública.
Los módulos económicos (coste/hora/alumno/a) aplicables a efectos de determinación de las subvenciones destinadas a la financiación de cada una de las acciones formativas, se publica en el Anexo I de esta convocatoria. Para los ejercicios 2026 y 2027 los módulos económicos aplicables a la convocatoria dirigida a programas formativos con compromiso de contratación coincidirán con los vigentes en la convocatoria para personas trabajadoras desempleadas actualizados en base a las tasas interanuales del IPC de Canarias del año 2025 .
Los módulos específicos para la modalidad presencial, virtual asíncrona/teleformación se han establecido por familia profesional a partir de un análisis técnico de referencia sobre los costes asociados a la impartición de formación. Para su actualización, se han aplicado criterios de revisión basados en indicadores económicos generales, como la evolución del índice de precios al consumo en el año 2025. La determinación de estos módulos se ha realizado conforme a principios de objetividad y proporcionalidad, teniendo en cuenta los valores medios de mercado de los distintos componentes que integran los costes directos e indirectos de la actividad formativa, en función de las características propias de cada especialidad y la modalidad de impartición, así como lo señalado en el “Informe técnico motivado” realizado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Los módulos se actualizarán en la anualidad del 2027 en base a las tasas interanuales del IPC actualizado al año 2026.
3. La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número total de horas de formación por el número de alumnos/as y por el importe del módulo económico que se establece en el Anexo I de esta resolución por familia profesional.
Según lo previsto en el Anexo I de la Orden TMS/368/2019 las Administraciones Públicas competentes podrán incrementar hasta un 50 por 100, la financiación del modulo económico.
Dada las caracteristicas técnicas y singularidad del área profesional TMVI Conducción de vehículos por carretera, se establece que la formación en modalidad presencial de esta área profesional será de 12,05€ la hora de formación.
El módulo económico para la teleformación o formación virtual asíncrona será de 5,88 € alumnado/hora, y en el caso de la formación en empresa u organismo equiparado será de 3 € alumnado/hora.

Se establece un límite máximo de subvención por entidad de trescientos mil (300.000) euros para el total de la convocatoria.

 

¿Qué gastos son elegibles?

El importe de la subvención correspondiente a la formación en empresa se destinará a financiar los costes asociados a la actividad de tutoría de dicha formación, así como los derivados de la inclusión del alumnado en el sistema de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 2 de junio de 2026

Hasta: 15 de octubre de 2027

Ejercicio 2026: Un primer plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación (publicado el 1 de junio, finaliza el lunes 3 de agosto de 2026 por ser el 1 de agosto inhábil); y un segundo plazo desde el 17 de agosto hasta el 14 de octubre de 2026.

Ejercicio 2027: Desde el 25 de enero al 12 de abril de 2027, y desde el 16 de junio hasta el 15 de octubre de 2027.

 Las Entidades interesadas en concurrir a esta modalidad de subvenciones deberán presentar la
solicitud por la sede electrónica, cumplimentando obligatoriamente el procedimiento que figura la
sede electrónica.
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7184