AYUDAS GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO PARA EL AÑO 2026.
15 de mayo de 2026
ActivaTítulo de la ayuda
AYUDAS GENERALES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES SOBRE PROYECTO PARA EL AÑO 2026.
Organismo que convoca
Ministerio de Cultura
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
Financiar de forma anticipada el coste de producción de proyectos de largometrajes de empresas productoras independientes, valorando su viabilidad económica y su carácter cultural.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Empresas productoras independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, según la definición contenida en el artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.
Empresas productoras no independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico, en relación a aquellos largometrajes realizados en coproducción con empresas productoras de carácter independiente.
Cuando se trate de proyectos realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué tipo de proyecto se financia?
Producción de obras audiovisuales en formato largometraje (ficción, animación o documental).
Al menos, el 50 por cien de los gastos presupuestados del largometraje se deben realizar en España o revertir en autores o en equipos técnicos, artísticos o de servicios que posean residencia fiscal en España.
El proyecto deberá incluir, como medidas de accesibilidad universal, el subtitulado accesible y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica aplicable.
Asimismo, los proyectos de largometraje que resulten beneficiarios deberán incluir una memoria que recoja las acciones implementadas en materia medioambiental y de sostenibilidad y/o un sistema de medición del impacto ambiental y huella de carbono.
¿Cuánta financiación se puede obtener?
El importe máximo de la ayuda por proyecto beneficiario no podrá ser superior a 1.000.000 euros o a 1.200.000 euros para proyectos de animación.
¿Qué gastos son elegibles?
Costes directos e indirectos de producción de la obra audiovisual (personal, derechos, rodaje, postproducción, etc.).
Plazo y cómo presentar la solicitud
Desde: 18 de mayo de 2026
Hasta: 15 de septiembre de 2026
): El plazo para este tipo de ayudas del ICAA es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE. Iniciando el cómputo el lunes 18 de mayo y descontando fines de semana, el plazo finaliza el viernes 5 de junio de 2026.
El plazo de presentación de solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva señalada en el apartado Séptimo, en el segundo procedimiento de selección, se iniciará el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes del primer procedimiento y finalizará el día 15 de septiembre de 2026, a las 14:00 h, hora peninsular.