SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA REDACCIÓN, ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN, MENOR O SUSTANCIAL, DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

14 de mayo de 2026

Activa
Volver al listado

Título de la ayuda

SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA REDACCIÓN, ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN, MENOR O SUSTANCIAL, DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

Organismo que convoca

CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, COHESIÓN TERRITORIAL Y AGUAS

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Ayudar económicamente a los municipios para sufragar los honorarios técnicos y jurídicos que conlleva redactar o modificar sus Planes Generales u otros instrumentos urbanísticos.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Redacción, actualización o modificación menor o sustancial de los instrumentos de ordenación urbanística siguientes:

• Instrumentos de carácter general: Plan General de Ordenación (PGO).

• Instrumentos de Desarrollo: Planes Parciales (PP) o Planes Especiales (PE).

• Instrumentos Complementarios: Catálogos de Protección y Catálogos de Impacto.

• Instrumentos de Ordenación Sectorial: Programa de Actuación sobre el Medio Urbano (PAMU).

El plazo de ejecución de las actividades objeto de la subvención será hasta el 31 de diciembre de 2027, en el caso de abono anticipado del 100%, y en caso de que no se trate de pago anticipado hasta el 12 de diciembre de 2026. 

¿Cuánta financiación se puede obtener?

a cuantía de la subvención, de acuerdo con el presupuesto total presentado y/o facturado, podrá alcanzar los siguientes porcentajes en función de la población del municipio según Certificado emitido por los órganos competentes de las administraciones públicas solicitantes (Anexo VI):
a) Municipio con población igual o inferior a diez mil (10.000) habitantes: 100 % del presupuesto total.
b) Municipio con población superior a diez mil (10.000) habitantes: 75 % del presupuesto total.
No obstante, una vez baremadas las solicitudes, en el caso que resultase un crédito sobrante, se concederá el 100% del presupuesto total solicitado por los Ayuntamientos siguiendo el orden de prelación obtenido tras la baremación.

¿Qué gastos son elegibles?

Honorarios de equipos redactores (arquitectos, juristas, ingenieros), estudios ambientales y trabajos técnicos.

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 15 de mayo de 2026

Hasta: 28 de mayo de 2026

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez (10) días hábiles, que comenzarán a contarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: hasta el 28 de mayo 2026. 

La solicitud, así como el resto de documentos aportados se presentarán a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias y en el procedimiento del catálogo de esta convocatoria, debiendo ajustarse obligatoriamente a los modelos normalizados que estarán, para su general conocimiento, disponibles en la sede electrónica de esta Consejería conjuntamente con la publicación de la convocatoria.