CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAVOR DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA DE LA ISLA DE TENERIFE, EJERCICIO 2026.

13 de abril de 2026

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Título de la ayuda

CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAVOR DE LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA DE LA ISLA DE TENERIFE, EJERCICIO 2026.

Organismo que convoca

Cabildo Insular de Tenerife

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Compensar los costes de los programas de vigilancia y control sanitario ejecutados por las agrupaciones para mejorar el estatus sanitario de las explotaciones ganaderas de la isla.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) de Tenerife oficialmente reconocidas e inscritas en el registro correspondiente.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Ejecución de programas sanitarios de prevención, control y erradicación de enfermedades animales.

Línea 1.- Ayudas para gastos de naturaleza no inventariable de las ADSG de las explotaciones ganaderas de ganado vacuno, ovino, caprino, porcino, avícola de carne y puesta, apícola y cunícolas de la isla de Tenerife.
Línea 2.- Ayudas a las ADSG con ganaderos de vacuno entre sus socios, para sufragar gastos de asistencia clínica veterinaria en cualquiera de las granjas de vacuno de la isla de Tenerife

¿Cuánta financiación se puede obtener?

La cuantía a otorgar a cada entidad beneficiaria será la resultante de aplicar la fórmula siguiente, siendo la cuantía máxima el 100 % del gasto considerado como subvencionable. cuantía de la subvención= (gastos subvencionables/suma de los gastos subvencionables de todos los beneficiarios) x cuantía de la convocatoria

¿Qué gastos son elegibles?

Para la línea 1

1. Gastos de funcionamiento y gestión generados por el suministro eléctrico, agua, teléfono, adquisición de material fungible de oficina, asesoría, arrendamientos, cánones y los derivados de operaciones financieras suscritas para hacer frente a los referidos gastos, en concepto de intereses.

2. Gastos de ejecución del programa sanitario que generen:
2.1. La contratación del personal, propio o externo, o la contratación de servicios veterinarios, farmacéuticos entre otros, con arreglo al siguiente detalle:

 Para el personal propio: serán subvencionables los gastos originados en concepto de nóminas y cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
 Para los servicios profesionales o empresariales contratados: serán subvencionables los gastos de servicios de veterinarios responsables de la aplicación del plan sanitario de la ADSG, o de farmacéuticos, únicamente en su labor de directores técnicos de los Centros Autorizados de Dispensación de Medicamentos veterinarios de las ADSG.
2.2. Gastos generados por la compra de vacunas, autovacunas, medicamentos veterinarios, material de protección que contribuya a la bioseguridad, biocidas u otros productos zoosanitarios del programa sanitario de la ADSG, empresas de DDD (desinfección, desinsectación y desratización). Para los gastos de biocidas y productos de bioseguridad, no se solicita utorización de Centro Dispensador al no ser considerados
medicamentos.

Para la línea 2:
1. Gastos de contratación o prestación de servicios veterinarios clínicos en granjas de vacuno de la isla de Tenerife.
Será subvencionable la contratación del personal, propio o externo, o la contratación de servicios de veterinarios clínicos para atención de granjas exclusivamente de vacuno, durante el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2025 al 31 de diciembre de 2026, con arreglo al siguiente detalle:
1.1. Para el personal propio: serán subvencionables los gastos originados en concepto de nóminas y cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
1.2. Para los servicios profesionales o empresariales contratados: serán subvencionables los gastos derivados de los servicios veterinarios en sus actuaciones clínicas a las granjas de vacuno de la isla.

 

 

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 14 de abril de 2026

Hasta: 31 de agosto de 2026

El plazo de presentación de solicitudes será desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (13 de abril 2026) hasta el 31 de agosto del 2026

La presentación de la subsanación/alegaciones de la subvención se realizará a través de la sede electrónica del Cabildo en https://sede.tenerife.es accediendo al Área personal.