AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A ENTIDADES CULTURALES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER PROFESIONAL Y DE ÁMBITO ESTATAL (2026).

24 de marzo de 2026

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Título de la ayuda

AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A ENTIDADES CULTURALES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER PROFESIONAL Y DE ÁMBITO ESTATAL (2026).

Organismo que convoca

Ministerio de Cultura

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Sostener el funcionamiento y las actividades de federaciones, asociaciones y fundaciones culturales a nivel nacional.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Entidades culturales profesionales sin ánimo de lucro de ámbito estatal.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Gastos de estructura, funcionamiento y programas culturales vertebradores.

¿Cuánta financiación se puede obtener?

La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 25.000,00 €. La cuantía mínima de la subvención para cada una de las entidades beneficiarias será de 5.000,00 €.
La prelación de las entidades beneficiarias se ordenará según la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo undécimo de la presente resolución.
Esta subvención será compatible con otras subvenciones o ayudas procedentes de organismos o instituciones públicas o privadas, de la Unión Europea o de organismos internacionales, para la misma finalidad, teniendo en cuenta que cada gasto podrá ser imputado a una única subvención y que el importe de la subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de los gastos presupuestados, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En tal caso, se deberá renunciar a alguna de las ayudas obtenidas, o procederá el reintegro del exceso obtenido, así como la exigencia del interés de demora.

¿Qué gastos son elegibles?

Personal, alquileres, suministros y ejecución de actividades propias de la entidad.

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 25 de marzo de 2026

Hasta: 24 de abril de 2026

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes natural contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»: hasta el 24 de abril 2026.

Sede electrónica para la presentación de solicitudes