SUBVENCIONES A LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO 2026

17 de marzo de 2026

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Título de la ayuda

SUBVENCIONES A LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO 2026

Organismo que convoca

Ministerio de Trabajo y Economía Social

¿Cuál es el objetivo de la subvención?

Fomentar el empleo autónomo, apoyar el asociacionismo y sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades que representan a los trabajadores por cuenta propia.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.

¿Qué tipo de proyecto se financia?

Actividades de fomento, promoción y difusión del trabajo autónomo, así como el sostenimiento de la propia estructura de la asociación.

¿Cuánta financiación se puede obtener?

La determinación de las cuantías individualizadas de las subvenciones para los gastos de funcionamiento se realizará distribuyendo los créditos asignados a cada grupo de beneficiarios de los señalados en el artículo 2.1.b) de la Orden TES/802/2025, entre las entidades que forman cada grupo en proporción a la puntuación obtenida por aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de estas subvenciones recogidos en el artículo 6.2 de dicha orden.

No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, se garantizará una cantidad mínima de 25.000 euros a cada una de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial que cumplan los requisitos exigidos para ser beneficiarias de este tipo de subvención.

¿Qué gastos son elegibles?

Gastos de personal, arrendamientos, campañas de difusión, jornadas, seminarios y gastos corrientes de funcionamiento.

Plazo y cómo presentar la solicitud

Desde: 18 de marzo de 2026

Hasta: 15 de abril de 2026