EDUCACIÓN NO FORMAL, LÍNEA DE JUVENTUD, DEL PROGRAMA «ERASMUS+», PARA 2025
2 de julio de 2025
ActivaTítulo de la ayuda
EDUCACIÓN NO FORMAL, LÍNEA DE JUVENTUD, DEL PROGRAMA «ERASMUS+», PARA 2025
Organismo que convoca
MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del Programa "Erasmus+" es desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea, a través de proyectos que promuevan la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea, potencien la solidaridad y promuevan la inclusión, favorezcan el entendimiento mutuo entre jóvenes, contribuyan a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud y favorezcan la cooperación europea en el ámbito de la juventud.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
¿Qué tipo de proyecto se financia?
Acción clave 1.- Oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151); Proyectos de movilidad para jóvenes (KA152) y para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153): 17.632.891 euros
Acción clave 1.- Actividades de participación juvenil (KA154): 2.623.142 euros
Acción clave 1.- Acción de Inclusión de DiscoverEU (KA155): 569.395 euros
Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación (KA220): 4.640.998 euros
Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación a pequeña escala (KA210): 1.880.649 euros
¿Cuánta financiación se puede obtener?
El límite máximo de cuantía por ámbito territorial, por agrupación de acciones, se entenderá aplicable para la convocatoria en su conjunto, ejecutándose un porcentaje máximo del 80% de tal límite en la primera ronda de concesión, regulada por el apartado séptimo de la presente resolución.
¿Qué gastos son elegibles?
a) Apoyo organizativo: contribución calculada en base a costes unitarios para costes directamente relacionados con la realización de las actividades de movilidad. Se calculará en función del número de participantes. Los líderes de grupo, los facilitadores y los acompañantes no pueden optar a apoyo organizativo.
b) Costes admisibles de los viajes de los participantes: contribución a los costes de viaje de los participantes desde su lugar de origen hasta el lugar donde se desarrolle la actividad (ida y vuelta). Se calculará en función de los costes admisibles de los viajes de los participantes, usando la calculadora de la Comisión Europea según la distancia del viaje.
c) Apoyo individual: contribución calculada en base a costes unitarios para costes asociados a la estancia. Se calculará en función la duración de la estancia por participante, acompañante, y facilitador (en su caso), más un día de viaje antes de la actividad y otro después de ella, y hasta cuatro días adicionales para los participantes, líderes de grupo, acompañantes y facilitadores que reciban una subvención en concepto de desplazamiento ecológico.
d) Apoyo a la inclusión para organizaciones: contribución calculada en base a costes unitarios para costes relacionados con la organización de actividades de movilidad que impliquen a participantes con menos oportunidades. Los líderes de grupo, los facilitadores y los acompañantes no pueden optar a ayudas de inclusión para organizaciones. Se calculará en función del número de participantes con menos oportunidades.
e) Apoyo a la inclusión para participantes: contribución calculada en base a costes reales para costes adicionales relacionados directamente con los participantes con menos oportunidades y sus acompañantes, líderes de grupo y facilitadores (incluidos los costes justificados de viaje y estancia siempre que no se solicite una subvención para estos participantes a través de las categorías presupuestarias relativas a viajes y apoyo individual). El solicitante debe justificar la solicitud, que debe ser aprobada por la agencia nacional.
f) Apoyo para Visitas preparatorias: contribución a los costes asociados a la realización de la visita preparatoria, incluidos los de viaje y estancia. Se calculará en función del número de participantes en la visita preparatoria. Podrá financiarse un máximo de dos participantes por cada organización participante en cada visita, quedando excluidos los participantes de la organización de acogida. Además, también se puede financiar un facilitador por cada visita preparatoria. Condicionado a la obligación del solicitante de justificar la necesidad, objetivos y participantes de una visita preparatoria, y a la aprobación de la agencia nacional.
g) Costes excepcionales: contribución a los costes asumidos para facilitar una garantía financiera, si la agencia nacional la solicita. También los destinados a financiar los costes de los visados y relacionados con los visados, permisos de residencia, vacunas y certificados médicos. Y Gastos de viaje elevados de los participantes, contando a los acompañantes, los líderes de grupo, los formadores y los facilitadores, que no puedan financiarse con cargo a la categoría estándar «Viajes» debido a la lejanía geográfica u otros obstáculos (esto es, cuando el uso de medios de transporte más limpios y con menores emisiones de carbono ocasione gastos de viaje onerosos). Si se conceden, los costes excepcionales destinados a gastos de viaje onerosos sustituyen al apoyo para gastos de viaje basado en costes unitarios. La solicitud de apoyo financiero para costes excepcionales deberá estar debidamente justificada y aprobada por la Agencia Nacional.
En el caso de viajes de coste elevado, los solicitantes deberán demostrar que las normas de financiación estándar —basadas en costes unitarios por tramos de distancia— no cubren al menos el 70 % de los costes reales de desplazamiento. Si se aprueba, esta financiación excepcional sustituirá a la subvención estándar de viaje.
h) En relación con las actividades de Movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud, podrán ser admitidos también costes en categoría presupuesta Actividades de desarrollo de sistemas y divulgación:
Mecanismo de financiación: costes reales para costes directos y tipo fijo para costes indirectos.
La solicitud para este tipo de apoyo financiero deberá estar debidamente justificada y aprobada por la Agencia Nacional. El solicitante deberá justificar la necesidad y los objetivos, y su aprobación compete a la agencia nacional. Se puede asignar a estas actividades un máximo del 10 % de los costes totales del proyecto
Plazo y cómo presentar la solicitud
Hasta: 31 de agosto de 2026
Para la Acción clave 1.- Movilidad en el ámbito de la juventud, los plazos serán los siguientes:
Para oportunidades de movilidad para organizaciones Erasmus acreditadas en el ámbito de la juventud (KA151):
Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen a partir del 1 de junio de 2025.
Para proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles, KA152), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153), y Actividades de participación juvenil (KA154):
Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2025.
Hasta el 1 de octubre de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2026.
Para proyectos para la acción de inclusión de DiscoverEU (KA155):
Hasta el 12 de febrero de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de marzo de 2026.
Hasta el 1 de octubre de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2026.
- Para la Acción clave 2.- Asociaciones para la cooperación (KA220) y asociaciones a pequeña escala (K210), el plazo será el siguiente:
Hasta el 5 de marzo de 2025 a las 12:00 horas para proyectos que empiecen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025.