FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
17 de febrero de 2025
ActivaTítulo de la ayuda
FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
Organismo que convoca
Servicio Canario de Empleo
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
El objeto de las subvenciones es financiar la ejecución en Canarias de los proyectos Programas de Formación en Alternancia con el Empleo PFAE (proyectos en adelante) con el fin de mejorar la empleabilidad de las personas, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que presenten mayores dificultades de inserción, y que estén inscritas como demandantes de empleo en el SCE; ello mediante la adquisición de las aptitudes y competencias profesionales necesarias, de manera que sea posible su incorporación al mercado laboral de forma estable y duradera en el tiempo.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
- Administración local y entidades sin ánimo de lucro
¿Qué tipo de proyecto se financia?
La duración de la participación del personal que se contrate para la impartición de la formación y gestión de los proyectos será de once meses y quince días naturales. Su incorporación al proyecto se producirá, como norma general, siete días naturales antes que las personas participantes, y concluirán su participación en el mismo ocho días naturales después de la finalización de la acción formativa. Las fechas de inicio y finalización de este personal determinarán el inicio y final del proyecto.
Para las personas participantes, los proyectos tendrán una duración de once meses, en la que recibirán la formación inherente a certificados profesionales, así como formación complementaria, y realizarán un trabajo efectivo en un entorno real que les permita adquirir experiencia profesional dirigida a la adquisición de las competencias profesionales que faciliten su inserción en el mercado laboral.
Desde su inicio, las personas destinatarias participantes serán contratadas por las entidades beneficiarias en la forma establecida en la base decimosegunda de la presente Orden.
La duración de la jornada de trabajo real de las personas participantes que suscriban contrato de trabajo de formación en alternancia será del 65%. El resto de la jornada será de formación teórico-práctica, no siendo esta inferior al 35% de la jornada total.
La duración de dichos contratos de trabajo no podrá exceder de la fecha de finalización del proyecto.
¿Cuánta financiación se puede obtener?
Se entiende por módulo económico el coste por contrato de formación que podrá ser objeto de financiación pública. Tendrán la consideración de subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para el desarrollo de la acción formativa, se produzcan durante el desarrollo del proyecto, y sean abonados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
El importe del módulo económico por contrato de formación se determinará en las correspondientes convocatorias y no puede actualizarse durante la ejecución del proyecto, salvo que concurran las circunstancias previstas en el siguiente párrafo. La cuantía máxima de la subvención a conceder para cada proyecto se determinará mediante el producto del importe del módulo económico por el número de plazas que prevean las correspondientes convocatorias.
Debido a que la duración de los proyectos puede abarcar dos o más ejercicios económicos, se podrá establecer en las correspondientes convocatorias un incremento anual del importe del módulo económico para los ejercicios posteriores al año de la convocatoria, al objeto de actualizarlo al SMI y las cuotas patronales vigentes en cada ejercicio.
En la convocatoria se determinarán los créditos presupuestarios a los que se imputan y la cuantía máxima de las subvenciones convocadas, y la posibilidad o no de reformulación de las solicitudes de conformidad con el artículo 10.c) del Decreto 36/2009.
Plazo y cómo presentar la solicitud
Hasta: 31 de diciembre de 2027
El procedimiento de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública realizada por resolución de la Presidencia del SCE que se publicará en la forma establecida en la legislación básica reguladora de las subvenciones.
Normativa
La baremación de las solicitudes de subvención se realizará conforme a los siguientes criterios, sobre un máximo de 83 puntos, con la siguiente puntuación por criterio:
1. Número de personas desempleadas en el municipio o municipios donde se desarrollará la obra o servicio objeto del proyecto (o en la circunscripción de la oficina de empleo que corresponda al lugar donde se desarrolla el proyecto) tomando los datos del OBECAN del periodo que se establezca en las correspondientes convocatorias. Máximo 12 puntos. Se valorará:
1.1. Si el porcentaje de desempleo (la media en el caso de varios municipios) es superior a la media de la Comunidad Autónoma de Canarias para dicho colectivo, se valorará con 1 punto por cada punto porcentual que sobrepase la media, hasta un máximo de 6 puntos.
1.2. Se puntuará con 1 punto por cada 150 personas desempleadas (la media en el caso de varios municipios) hasta un máximo de 6 puntos.
2. Calidad del Plan Formativo. Se valorará con una puntuación de hasta 26 puntos, en función de su adaptación a los certificados profesionales y adecuación al trabajo real que se llevará a cabo en la obra o servicio a realizar. Se valorará:
2.1. Que el itinerario formativo esté ajustado a la opción que se establezca en la convocatoria (6 puntos).
2.2. Plan de intervención (obra y/o servicio) relacionado con los módulos formativos (máximo 6 puntos).
2.3. Formación en más de un certificado profesional, completo, del mismo nivel o superior de la opción para la que se solicita la subvención (4 puntos).
2.4. Número de horas definidas en los reales decretos que regulan los certificados profesionales completos. En caso de que se definan dos certificados, se tendrá en cuenta la suma de horas de estos:
• Menos de 200 horas: 0 puntos.
• Entre 200 y 320 horas: 2 puntos.
• Más de 320 horas: 4 puntos.
2.5. Otros módulos complementarios asociados a un certificado profesional que mejoren la inserción laboral (máximo 4 puntos). El número de horas de los módulos complementarios nunca podrá ser superior al de la acción formativa principal, entendiéndose como tal la del certificado o certificados profesionales.
2.6. Otros módulos no asociados a un certificado profesional que mejoren la inserción laboral (máximo 2 puntos). El número total de horas de estos módulos no podrá superar el de la acción formativa principal, entendiéndose como tal la del certificado o certificados profesionales.
3. Inserciones logradas. Inserciones logradas de personas destinatarias de proyectos en los ejercicios que se determinen en las correspondientes convocatorias. La puntuación máxima será de 30 puntos. Otorgándole 3 puntos por cada inserción realizada superior a 3 con los requisitos que se establezcan en las correspondientes convocatorias.
4. Especialidades prioritarias. Se valorarán los proyectos, con certificados profesionales completos, de acuerdo con la priorización que se establezca en las correspondientes convocatorias, con la siguiente puntuación:
• Certificados Profesionales prioridad 3 (5 puntos).
• Certificados Profesionales prioridad 2 (10 puntos).
• Certificados Profesionales prioridad 1 (15 puntos).
Para que un proyecto sea considerado subvencionable deberá obtener un mínimo de 10 puntos en el apartado de la baremación “Calidad del Plan Formativo”. En caso contrario, la entidad solicitante de dicho proyecto no podrá obtener la condición de beneficiaria de subvención por insuficiencia de puntuación.
En el caso de que se produzca un empate en la puntuación de los proyectos presentados en la correspondiente convocatoria, se utilizará como norma de desempate la mayor puntuación alcanzada en los criterios de valoración por el siguiente orden 3, 4, 1, 2 y, si persistiera el empate, se efectuará el desempate en razón:
• De la aplicación de la perspectiva de género en el diseño del proyecto, contribución del proyecto al fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, promoviendo la participación sostenible de las mujeres en el mercado laboral, fomentando su incorporación al empleo, reduciendo la segregación (horizontal y vertical) por motivo de sexo, combatiendo los estereotipos de género que aún existen en el mercado de trabajo, en la educación y la formación, y promoviendo la conciliación de la vida privada y laboral y el reparto equitativo de responsabilidades familiares entre mujeres y hombres.
• De la contribución del proyecto a fomentar la igualdad de oportunidades para todos, sin discriminación por razón de raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.